¿Es obligación que una persona infectada con el VIH le cuente a su compañero(a) sexual sobre su condición?

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Es frecuente e ideal que las personas infectadas le cuentan a su pareja estable sobre su nueva condición lo más pronto posible, buscando obtener el apoyo necesario para enfrentar esta realidad. Si se ha tenido sexo sin protección la situación implica la posibilidad de que la pareja también esté infectada y la necesidad de hacerse la prueba. Independiente de la decisión de realizarse o no el examen, también deben considerar que a partir de ese momento, deben practicar sexo seguro. Hay que tener en cuenta que esta noticia no es fácil de asimilar y genera mucha ansiedad y por lo tanto se debe ser paciente frente a la reacción inicial de la pareja. No se debe esperar que responda a tus expectativas en forma inmediata; es más, podría sentirse angustiada e inclusive enojada si existe la posibilidad de que la infección se haya adquirido por una relación sexual con un tercero. Lo más importante es escoger muy bien el momento y el lugar adecuado para tener esta conversación.

A este respecto, y para otras inquietudes similares, nos remitimos al decreto número 1543 de 1997, por el cual el estado Colombiano reglamenta el manejo de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las otras Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) define lo siguiente:

“Artículo 36o.- Deber de Informar. Para poder garantizar el tratamiento adecuado y evitar la propagación de la epidemia, la persona infectada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), o que haya desarrollado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y conozca tal situación está obligada a informar dicho evento, a su pareja sexual y al médico tratante o al equipo de salud ante el cual solicite algún servicio asistencial».

También vale la pena resaltar el artículo 41 de este decreto: “La persona informada de su condición de portadora del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) deberá abstenerse de donar sangre, semen, órganos o en general cualquier componente anatómico, así como de realizar actividades que conlleven riesgo de infectar a otras personas».